No es una adiós, es una hasta luego.

lunes, 25 de febrero de 2019

Mobile World Congress 2019



Es una de las citas del año de telefonía móvil.


Cuándo: del 25 al 28 de febrero | Dónde: Barcelona. Recinto Fira


Tipos de entradas:

Pase de exhibición: 799 euros. Acceso a las presentaciones y pases de prensa del jueves 28, conferencias de networking y enfocadas a las start-ups y recorridos guiados.
Plata: 2.199 euros. Acceso a todas las presentaciones y pases de prensa y entrada a los Global Mobile Awards 2019.
Oro: 2.699 euros. cCnferencia sobre la situación del sector, servicio de comidas VIP, salas VIP y asientos prioritarios en los eventos.
Platino: 4.999 euros. Sala de descanso exclusiva, recepción VIP en el aeropuerto, recogida prioritaria de equipaje en el aeropuerto, regalos exclusivos, servicios especiales en la reserva de hoteles, asientos preferentes en los Global Movie Awards.

Principales novedades que se presentarán:
  • Tecnología 5G y la hiperconectividad.
  • Vehículo conectado.
  • Entrega de envíos comerciales.
  • Juegos de realidad virtual. 
  • Presentarán sus nuevos dispositivos las compañías: Nokia, Samsung, Microsoft, LG, Huawei y Sony.

Web oficial del congreso: https://www.mwcbarcelona.com/

viernes, 15 de febrero de 2019

Reconocimiento mutuo de resoluciones penales de la Unión Europea

Para continuar con la Unión Europea aquí está la Ley 23/2014 de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.





Esta ley establece un nuevo modelo de cooperación judicial que conlleva un cambio en las relaciones entre los Estados miembros de la Unión Europea, al sustituir las antiguas comunicaciones entre las autoridades centrales o gubernativas por la comunicación directa entre las autoridades judiciales, suprimir el principio de doble incriminación y regular como excepcional el rechazo al reconocomiento y ejecución de  una resolución, a partir de un listado tasado de motivos de denegación. 


Simplifica y agiliza los procedimientos mediante el empleo de un formulario o certificado que deben completar la autoridades.

El más conocido de los instrumentos es la orden de detención y entrega, de la que puede que hayas oído hablar estos días que tenemos a tantos políticos fuera de España, sobre los que se ha pedido la nombrada orden, pero hay otros ocho instrumentos de reconocimiento mutuo más sobre los que los países pueden pedir que actúe a otro país como es el decomiso o la investigación.

Antes de nombrarlos, vamos a definir instrumento de reconocimiento mutuo como la orden europea o resolución emitida por la autoridad competente de un Estado miembro de la Unión Europea que se transmite a otro Estado miembro para su reconocimiento y ejecución del mismo.

Son:
  1. La orden europea de detención y entrega. (artículo 35)
  2. La resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad.
    (artículo 64)
  3. La resolución de libertad vigilada. (artículo 95)
  4. La resolución sobre medidas de vigilancia de la libertad provisional. (artículo 111)
  5. La orden europea de protección. (artículo 131)
  6. La resolución de embargo preventivo de bienes o de aseguramiento de pruebas. (artículo 144)
  7. La resolución de decomiso. (artículo 158)
  8. La resolución por la que se imponen sanciones pecuniarias. (artículo 174)
  9. Orden europea de investigación. (artículo 187)
Cada instrumento tiene a un responsable para la emisión y otro para la ejecución. En los artículos que se indican puedes ampliar cada instrumento. Como es muy pesado ver uno por uno. Vamos a ver solo el de la más famosa. Si yo soy un juez español y quiero que detengan a alguien en Francia, como juez que conozco de la causa puedo emitir una orden de detención a Francia para que detenga a la persona que yo indico y me la entregue. Y si es al revés, el juez francés no pide que ejecutemos una orden de detención, los responsables para ejecutarla en España son el Juez Central de Instrucción y en el caso de menos el Juez Central de Menores.


El Ministerio de Justicia será la Autoridad Central a la que corresponde la función de auxilio a las autoridades judiciales.

Hay que tener en cuenta que, hasta la fecha, ha sido modificada en dos ocasiones:
Ley 1/2015 que añade una Disposición Adicional 4ª sobre ejecución de resolución de decomiso dictadas por autoridades de terceros estados no miembros de la Unión Europea.
Ley 3/2018 que añade una Disposición Adicional 5ª sobre protección de datos de caracter personal y una Disposición Adicional 6ª sobre declaraciones telefónicas de peritos y testigos.


viernes, 8 de febrero de 2019

Qué es TikTok

Cuando te enteras de algo que está pegando fuerte en la otra parte del mundo, ya vas tarde. Si hay que explicar ahora lo que es esta red social, es porque lleva ya mucho tiempo siendo algo destacado pero no nos ha llegado hasta ahora. A pesar de ello, vamos a contarlo porque mucha gente no sabrá todavía lo que es.

Para empezar, cuando digo de la otra punta del mundo es porque es asiática y lo que se comparte son vídeos musicales. Y ha llegado a llamar la atención porque a finales del año pasado superó en número de descargas no solo a las míticas Facebook y YouTube, si no también a Snapcha e Instagram que tanto estaban subiendo. 



  • Origen: China, es una fusión con Musical.ly porque fue comprada por la empresa que la ha creado y al final ha acabado juntando las dos. Si has usado la otra, podrás usar ésta sin problemas porque es muy similar.
  • Nombre en China: Douyin que significa "sacudir la música".
  • Fuera de China se llama: TikTok.
  • Creada en: septiembre de 2016.
  • Crecimiento:  66 millones de usuarios en febrero de 2018 que han pasado a 130 millones en octubre. 
  • Qué ofrece: permite crear, editar y subir videoselfies musicales de 15 segundos que se pueden modificar con varios efectos y fondos musicales y todo de una manera muy intuitiva y sencilla.
  • Qué más tiene: puedes tener a tus amigos, enviar mensajes, votar otros vídeos y puedes seguir cuentas y te pueden seguir.

viernes, 25 de enero de 2019

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Sede: Estrasburgo (Francia)

Número de Jueces: tantos como países formen parte.
  
Tribunal de Derechos Humanos desde uno de los canales.


Elección de los Jueces: la Asamblea Parlamentaria por mayoría de votos emitidos de una lita de tres candidatos presentada por cada país.

Condiciones del ejercicio de sus funciones:
  • Los jueces deberán gozar de la más alta consideración moral y reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de altas funciones judiciales o ser jurisconsultos de reconocida competencia.
  • Forman parte del Tribunal a titulo individual.
  • Durante su mandato no podrán ejercer ninguna actividad que sea incompatible con las exigencias de independencia, imparcialidad o disponibilidad necesaria para una actividad ejercida a tiempo completo.

Duración del mandato: elegidos por un periodo de 9 años. No reelegibles. El mandato finaliza cuando alcancen los 70 años. Aunque permanecerán en sus funciones hasta su sustitución y continuarán conocimiento de los asuntos que ya tengan asignados.

Revocación: por mayoría de 2/3 de los demás jueces, si consideran que ha dejado de reunir las condiciones requeridas para serlo.

Pleno del Tribunal:
  • Se elige por 3 años a un Presidente y uno o dos Vicepresidentes y serán reelegibles.
  • Se constituirán en Salas.
  • También elige a los Presidentes de Sala que son reelegibles.
  • Aprueba su propio reglamento.
  • Elige al Secretario y a uno o varios Secretarios adjuntos.

Actúan en:
  • Formación de Juez Único: declara inadmisible o archiva las demandas individuales. La resolución será definitiva. Si no declara inadmisible la remite a un Comité o a una Sala.
  • Comités: 3 jueces. Admiten o archivan las demandas individuales. Si la admite, dicta sentencia, que será definitiva.
  • Salas: 7 jueces. Se pronuncia sobre admisibilidad si no lo hacen los jueces únicos o los comités, de demandas individuales. Se pronuncia sobre admisibilidad y el fondo de demandas interestatales. Si el asunto pendiente presenta una cuestión grave podrá inhibirse en favor de la Gran Sala.
  • Gran Sala: 17 jueces. Se pronuncia sobre demandas entre estados o las individuales si le ha sido elevado por la Sala o ésta se ha inhibido.

Condiciones de admisibilidad:

Agotar las vías de los recursos internas de cada país. Después se tiene un plazo de 6 meses desde la decisión interna definitiva.
No se admiten: anónimas, si es esencialmente la misma que una ya examinada o sometida a otra instancia internacional y que no contenga nada nuevo.
Declara inadmisibles: mal fundadas, abusivas, si el demandante no ha sufrido un perjuicio importante. 


Podrá archivar en cualquier fase del procedimiento:
  • el demandante no esté dispuesto a mantenerla
  • el litigio haya sido ya resuelto
  • no esté justificada la continuación del examen de la demanda por cualquier motivo verificado por el Tribunal

Sentencias definitivas:
  • Las de la Gran Sala.
  • Las de la Sala cuando: las partes declaren que no solicitarán la remisión a la Gran Sala o no haya sido solicitada la remisión tres meses después de la fecha de la sentencia o la Gran Sala rechace la demanda de remisión.
  • La sentencia definitiva se publica.
  • Las sentencias y las decisiones que declaran las demandas admisibles o inadmisibles serán motivadas.
  • Si la sentencia no expresa en todo o en parte la opinión unánime de los jueces, cualquiera podrá unir a ellas una opinión por separado.
  • Las partes se comprometen a acatar las sentencias definitivas del Tribunal.

lunes, 14 de enero de 2019

Mozilla Firefox y Google Chrome

Porcentajes en la utilización de los navegadores


Chrome es el claro triunfador, seguido muy de lejos por los otros tres, que ni sumándolos se acercan.




Con el nuevo navegador Firefox Quantum, Mozilla intenta recuperar terreno.


Fuente: https://www.tecnovedosos.com/mejor-firefox-que-google-chrome/