BANCO CENTRAL EUROPEO
El Banco Central Europeo y los Bancos Nacionales forman el Sistema Europeo de Bancos Centrales cuya moneda es el euro. Son ya 19 países con Lituania los que tienen la moneda única.
Sede: Francfort
Órganos:
- Consejo de gobierno: formado por los miembros del comité ejecutivo del Banco Central Europeo y los Gobernadores de los Bancos Centrales nacionales.
- Comité Ejecutivo: Presidente, Vicepresidente + 4 miembros nombrados por el Consejo Europeo por mayoría cualificada sobre las recomendaciones del Consejo y previa consulta al Parlamento y al Consejo de Gobierno del BCE.
Más datos relevantes:
- Solo podrán ser miembros los nacionales de los estados.
- 8 años no renovable.
- Presidente del Consejo y un miembro de la Comisión pueden participar pero sin voto en las reuniones.
- Se invitará al Presidente del BCE a que participe en las del Consejo sobre sus funciones.
- BCE remitirá informe anual sobre la actividad del SEBC a las cuatro insitutiones principales: Parlamento, Consejo, Consejo Europeo y Comisión Europea de las que se habla en un artículo anterior (leer)
TRIBUNAL DE CUENTAS
Creado por el Tratado el 22 de julio de 1975.
Elevado a Institución por el Tratado de la Unión Europea.
Sede: Luxemburgo
Formado por los 28 estados miembros miembros. Nombrados
por el Consejo por mayoría cualificada sobre una lista (personalidades
pertenezcan o hayan pertenecido a instituciones de control externo o
especialmente cualificadas con garantías de independencia) presentada
por cada estado tras consulta no vinculante con el parlamento.
Mandato de 6 años renovable.
Cesan por renovación, fallecimiento, destitución declarada por el Tribunal de Justicia a instancia del Tribunal de Cuentas cuando ya no reúnan las condiciones o dejen de cumplir sus obligaciones.
Presidente se elige entre ellos por un periodo de 3 años.
TRIBUNAL DE JUSTICIA
Sede: Luxemburgo
Formado por:
- 28 jueces
- 11 abogados: informar sobre el derecho objetivo aplicable proponiendo veredicto pero no vinculan al tribunal.
- 6 de Francia, Reino Unido, Alemania, Italia, España y Polonia, los otros se reparten rotatoriamente.
El
Consejo decide constituir un Comité de Idoneidad (7 antiguos miembros
del Tribunal de J y General, 1 propuesto por el Parlamento) para
pronunciarse sobre ella de jueces y abogados.
Se reúne:
- Salas de 3 y 5 jueces.
- Gran Sala 15 jueces (incluido Presidente del tribunal y presidentes de sala de 5 jueces).
- Pleno: 28 Jueces presidido por el presidente para destitución del defensor del pueblo o ceses de miembros de la Comisión o Tribunal de cuentas. Quorum necesario: 17.
- Presidente del pleno se elige entre ellos por 3 años, renovable.
- Secretario elegido por el Tribunal por 6 años renovables.
TRIBUNAL GENERAL
Sede: Luxemburgo
Creado
en el tratado de Lisboa. Cambia el nombre de 1ª instancia porque es de
apelación de sentencias de los tribunales especializados.
Número de Jueces: lo fija el estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Ahora son 28, uno por cada estado miembro.
No hay abogados, los jueces hacen su función.
Son personas con absolutas garantías de independencia y con capacidad para ejercer altas funciones jurisdiccionales.
Nombrados por acuerdo de los estados por 6 años renovables y el Presidente por mayoría absoluta entre los miembros por 3 años renovables.
Se reúne:
- Salas de 3 y 5 jueces, ciertos casos Juez único.
- Gran Sala 15 jueces.
- Pleno por importancia o complejidad.
Sus resoluciones pueden ser recurridas en casación ante el Tribunal de Justicia en plazo de 2 meses desde la notificación.
TRIBUNAL ESPECIALIZADO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA
- 7 Jueces nombrados por el Consejo elegidos por 6 años renovables
- Presidente: entre ellos por 3 años renovable
- Actúa en:
- Salas de 3
- Salas de 5 en determinados supuestos
- Juez único
- Pleno: por dificultad
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