PARLAMENTO
Funciones:
- Legislativa y presupuestaria con el Consejo
- Control político
Sedes:
- Estrasburgo: reuniones del Pleno
- Bruselas: reuniones de las comisiones
- Luxemburgo: oficinas administrativas
Composición: 751 = 750 + presidente
Mínimo de un país 6 – máximo 96
54 tiene España
En el momento que entre Croacia serán 766
Mandato: 5 años
Sesiones ordinarias:
2º Martes de marzo de cada año.
Inicia el periodo de sesiones: 12 sesiones de 3 – 5 días cada mes.
Sesiones extraordinarias: A petición del consejo, la comisión o mayoría del Parlamento
Presidente: mandato de dos años y medio.
Si ninguno obtiene mayoría en 3 votaciones, en la 4ª solo se votará a los dos que hayan obtenido más votos y si hay empate será nombrado el de más edad.
Acuerdos:
Pleno: necesario para que sea válido, que haya 1/3 de quórum. Votación válida con cualquier número, si 40 diputados exige quórum
Interacción con otras instituciones:
- Elige al Presidente de la Comisión.
- Comisión comparece ante el Parlamento si lo solicita y asistir a las sesiones del parlamento.
- Comisión ha de contestar por escrito u oralmente las preguntas del Parlamento o sus miembros.
- Consejo y Consejo Europeo comparecerán ante el Parlamento.
Datos relevantes:
- Los parlamentarios no están sometidos a voto imperativo ni vinculados.
- Tienen inmunidad (la levanta el Parlamento), salvo flagrante delito.
- Mesa: dirige todas las actividades y está formada por un Presidente + 14 Vicepresidentes + 5 Cuestores (sin voto).
- Grupos políticos: se forman por ideología, y se requiere un mínimo de 25 Diputados.
CONSEJO
Está formado por los Ministros. Un representante de cada estado de rango ministerial.
Funciones: Legislativa y presupuestaria con el Parlamento + definición de políticas y de coordinación.
Sede: Bruselas
3 veces al año se reúne en Luxemburgo: abril, junio y octubre.
Mandato: 6 meses el Presidente de manera rotatoria.
Sesiones extraordinarias: Por convocatoria del Presidente a su iniciativa, a iniciativa de 1 de los miembros o a iniciativa de la comisión.
Acuerdos:
Mayoría simple: cada estado un voto solo se requiere para procedimiento y reglamento interno
Datos relevantes:
- Existen Consejos sectoriales formados por los ministro con la cartera de la materia.
- Hay también Consejos de asuntos exteriores formados por los Ministros de asuntos exteriores.
- No participan en las votaciones: presidente del Consejo Europeo de la comisión y el Alto Representante.
- Minoría de bloqueo para las votaciones de acuerdos: 4 estados con más del 35% población.
- Las abstenciones no impiden los acuerdos por unanimidad.
CONSEJO EUROPEO
Formado por los Jefes de Estado + Presidente y el de la Comisión
Funciones: Políticas, sin capacidad legislativa. Define las políticas generales.
Sede: Bruselas: Excepcionalmente pueden reunirse en otro lugar.
Composición: 28 miembros, uno por país
Sesiones ordinarias: 2 veces / semestre
Sesiones extraordinarias: Convoca el Presidente
Presidente: Elegido por mayoría cualificada por 2 años y medio renovable una sola vez
Acuerdos: Por consenso
COMISIÓN EUROPEA
Vela por los intereses comunitarios y consituye el poder ejecutivo y administrativo de la Unión.
Sede:
- Bruselas se reúne semanalmente
- Luxemburgo: las oficinas se encuentran ubicadas allí
Composición: 28: 1 por país + Presidente + Alto Representante, que es uno de los vicepresidentes.
Mandato: Rotatorio. 5 años renovable
Presidente: Propuesto por el Consejo Europeo por mayoría cualificada al Parlamento. Se elige por mayoría sino la alcanza el C. E. propondrá por mayoría cualificada en un mes a un nuevo candidato.
Acuerdos: Mayoría de sus miembros.
Datos relevantes:
- Actos legislativos solo a propuesta de la comisión salvo que los tratados establezcan otra cosa.
- Debe ser designada con cada renovación del Parlamento en 6 meses.
- Cese individual: presenta la dimisión obligatoriamente si se lo pide el Presidente.
- Cesado por el Tribunal de Justicia a instancia del Consejo por mayoría simple o de la Comisión por falta grave.
- Cese colectivo: Moción de censura presentada por la décima parte, se pronuncia como mínimo 3 días después en votación pública. Si se aprueba por mayoría 2/3 de los votos emitidos (y que sea la mayoría de los diputados) han de dimitir.
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