No es una adiós, es una hasta luego.

lunes, 5 de marzo de 2018

Principales instituciones de la Unión Europea

PARLAMENTO

Funciones:
  • Legislativa y presupuestaria con el Consejo
  • Control político
Sedes:
  • Estrasburgo: reuniones del Pleno
  • Bruselas: reuniones de las comisiones
  • Luxemburgo: oficinas administrativas
Composición: 751 = 750 + presidente

Mínimo de un país 6 – máximo 96
54 tiene España
En el momento que entre Croacia serán 766

Mandato: 5 años 

Sesiones ordinarias:
2º Martes de marzo de cada año.
Inicia el periodo de sesiones: 12 sesiones de 3 – 5 días cada mes.

Sesiones extraordinarias: A petición del consejo, la comisión o mayoría del Parlamento

Presidente: mandato de dos años y medio.
Si ninguno obtiene mayoría en 3 votaciones, en la 4ª solo se votará a los dos que hayan obtenido más votos y si hay empate será nombrado el de más edad.

Acuerdos:

Pleno: necesario para que sea válido, que haya 1/3 de quórum. Votación válida con cualquier número, si 40 diputados exige quórum

Interacción con otras instituciones:
  • Elige al Presidente de la Comisión.
  • Comisión comparece ante el Parlamento si lo solicita y asistir a las sesiones del parlamento.
  • Comisión ha de contestar por escrito u oralmente las preguntas del Parlamento o sus miembros.
  • Consejo y Consejo Europeo comparecerán ante el Parlamento.

Datos relevantes:
  • Los parlamentarios no están sometidos a voto imperativo ni vinculados.
  • Tienen inmunidad (la levanta el Parlamento), salvo flagrante delito.
  • Mesa: dirige todas las actividades y está formada por un Presidente + 14 Vicepresidentes + 5 Cuestores (sin voto).
  • Grupos políticos: se forman por ideología, y se requiere un mínimo de 25 Diputados.

CONSEJO

Está formado por los Ministros. Un representante de cada estado de rango ministerial.

Funciones: Legislativa y presupuestaria con el Parlamento + definición de políticas y de coordinación.

Sede: Bruselas
3 veces al año se reúne en Luxemburgo: abril, junio y octubre.

Mandato: 6 meses el Presidente de manera rotatoria.

Sesiones extraordinarias: Por convocatoria del Presidente a su iniciativa, a iniciativa de 1 de los miembros o a iniciativa de la comisión.

Acuerdos:
Mayoría simple: cada estado un voto solo se requiere para procedimiento y reglamento interno

Datos relevantes:
  • Existen Consejos sectoriales formados por los ministro con la cartera de la materia.
  • Hay también Consejos de asuntos exteriores formados por los  Ministros de asuntos exteriores.
  • No participan en las votaciones: presidente del Consejo Europeo de la comisión y el Alto Representante.
  • Minoría de bloqueo para las votaciones de acuerdos: 4 estados con más del 35% población.
  • Las abstenciones no impiden los acuerdos por unanimidad.


CONSEJO EUROPEO

Formado por los Jefes de Estado + Presidente y el de la Comisión

Funciones: Políticas, sin capacidad legislativa. Define las políticas generales.

Sede: Bruselas: Excepcionalmente pueden reunirse en otro lugar.

Composición: 28 miembros, uno por país

Sesiones ordinarias: 2 veces / semestre

Sesiones extraordinarias: Convoca el Presidente

Presidente: Elegido por mayoría cualificada por 2 años y medio renovable una sola vez

Acuerdos: Por consenso


COMISIÓN EUROPEA

Vela por los intereses comunitarios y consituye el poder ejecutivo y administrativo de la Unión.

Sede:
  • Bruselas se reúne semanalmente
  • Luxemburgo: las oficinas se encuentran ubicadas allí
Composición: 28: 1 por país + Presidente + Alto Representante, que es uno de los vicepresidentes.

Mandato: Rotatorio. 5 años renovable

Presidente: Propuesto por el Consejo Europeo por mayoría cualificada al Parlamento. Se elige por mayoría sino la alcanza el C. E. propondrá por mayoría cualificada en un mes a un nuevo candidato.

Acuerdos: Mayoría de sus miembros.

Datos relevantes:
  • Actos legislativos solo a propuesta de la comisión salvo que los tratados establezcan otra cosa.
  • Debe ser designada con cada renovación del Parlamento en 6 meses.
  • Cese individual: presenta la dimisión obligatoriamente si se lo pide el Presidente.
  • Cesado por el Tribunal de Justicia a instancia del Consejo por mayoría simple o de la Comisión por falta grave.
  • Cese colectivo: Moción de censura presentada por la décima parte, se pronuncia como mínimo 3 días después en votación pública. Si se aprueba por mayoría 2/3 de los votos emitidos (y que sea la mayoría de los diputados) han de dimitir.


No hay comentarios:

Publicar un comentario