Estas son las normas mínimas para pasar la Navidad.
Entre el 23 de diciembre y el 6 de enero las comunidades estarán cerradas pero se podrá salir de las comunidades:
- Por las razones del estado de alarma.
- Para visitar a familiares o allegados.
Las reuniones de los días 24, 25 y 31 de diciembre, y del 1 de enero:
- Podrán de ser de 10 personas si no son convivientes.
- El 24 y el 31 el toque de queda se amplía a la 1:30.
Los días previos deciden los gobiernos autonómicos digan. Aunque entre el 23 de diciembre y el 6 enero no se permitirá la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público.
- Para la hostelería, los eventos deportivos y culturales y las celebraciones religiosas se mantienen las restricciones de cada comunidad.
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